MinTrabajo propone contrato especial para futbolistas: jornada de 42 horas, descanso de 72 horas y más garantías laborales

Miércoles, 5 de Agosto de 2026
El proyecto de decreto, que estará en consulta pública hasta el 22 de julio, obligaría a los clubes a formalizar la contratación, afiliar a sus jugadores a seguridad social y reconocer entrenamientos y desplazamientos como tiempo de trabajo.
Johan García Blandón
Johan García Blandón

Durante décadas, la relación laboral entre los futbolistas profesionales y los clubes en Colombia se rigió principalmente por las normas generales del Código Sustantivo del Trabajo y algunas disposiciones de la Ley del Deporte. Ahora, el Ministerio del Trabajo busca llenar ese vacío jurídico.

La cartera publicó para comentarios un proyecto de decreto que reglamenta por primera vez el contrato especial de trabajo para deportistas profesionales y miembros de cuerpos técnicos, una figura contemplada en la reforma laboral que busca adaptar las normas laborales a las particularidades del deporte profesional.

El borrador permanecerá en consulta pública entre el 6 y el 22 de julio de 2026, periodo durante el cual ciudadanos, clubes, ligas, federaciones y demás interesados podrán presentar observaciones antes de que el Gobierno decida si expide la versión definitiva.

De aprobarse, las nuevas reglas aplicarían tanto para deportistas colombianos como extranjeros que desarrollen actividades profesionales en el país y tendrían un impacto directo sobre disciplinas como el fútbol profesional, donde la contratación de jugadores y cuerpos técnicos concentra buena parte del empleo deportivo formal.

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Contrato escrito y registro obligatorio

Uno de los cambios más importantes es que, siempre que exista prestación personal del servicio, subordinación y remuneración, la relación entre clubes y deportistas deberá formalizarse mediante un contrato laboral escrito.

El documento tendrá que incluir aspectos como salario, duración del vínculo, funciones, cláusulas de exclusividad y derechos de imagen, además de obligaciones relacionadas con normas disciplinarias y antidopaje.

Además, los contratos deberán registrarse ante los ministerios del Trabajo y del Deporte.

La iniciativa también obliga a clubes, ligas y federaciones a afiliar a los deportistas y miembros de los cuerpos técnicos a los sistemas de salud, pensión y riesgos laborales antes del inicio de entrenamientos o competencias.

Entrenamientos y viajes contarían como jornada laboral

Otro de los cambios con mayor alcance está relacionado con la organización del tiempo de trabajo.

El proyecto reconoce que la actividad de un deportista profesional no se limita a disputar partidos. Por ello, considera como tiempo laboral los entrenamientos, las concentraciones, las competencias oficiales y los desplazamientos asociados a la actividad deportiva.

Bajo ese esquema, se aplicaría la jornada máxima legal de 42 horas semanales, junto con el reconocimiento de horas extras y de recargos nocturnos, dominicales y festivos cuando corresponda.

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